Con este sentencia, se anula el epígrafe “Paso de vehículos” de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del Ayuntamiento de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid había recurrido en casación la sentencia que anulaba el Acuerdo Plenario con el que aprobó la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, en lo referente al epígrafe "b" Paso de vehículos, art. 11.
En resumidas cuentas, la Sala no aprecia la denunciada infracción del artículo 25 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con el artículo 24.1 a) del mismo texto legal, que se habría producido por anularse el Acuerdo al haber aplicado a la modificación de la Ordenanza exigencias no contempladas en aquellos preceptos. El Tribunal Supremo declara que el recurso no puede prosperar pues la ausencia de verdaderos y efectivos estudios económico-financieros que justificasen el coste y el rendimiento de la tasa, así como la desconexión entre la memoria y la tasa aprobada, constituyen irregularidades de índole suficiente como para anular el Acuerdo controvertido.