Desde su creación, este blog ha pretendido la divulgación
de sentencias interesantes para los ciudadanos en su relación con la
Administración Local.
Sin embargo en esta entrada, se trata de un
asunto que supone la reparación de un daño producido por la Administración del
Estado a una persona con ocasión de su despido.
En efecto, el 21 de septiembre de 2009, don
Melchor representado por el Procurador de los Tribunales, don Julián Sanz
Aragón, interpuso recurso contencioso- administrativo número 500/2009 contra el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de junio de 2009 que denegaba la
reclamación de responsabilidad patrimonial por los perjuicios causados al
demandante como consecuencia de la aplicación del Real Decreto-Ley 5/2002, de
24 de mayo de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección de
desempleo y la mejora de la ocupabilidad. Ese RD ley 5/2002 había sido declarado
inconstitucional por el Tribunal Constitucional, hecho que motivó que don
Melchor formalizara su demanda en la que terminaba suplicando a la Sala que declarase
la revocación de la resolución del Consejo de Ministros de fecha 5/6/2009. Como
don Melchor ya había fallecido, su esposa, doña Blanca, le sustituyó
procesalmente y concluía su demanda reclamando el derecho a ser indemnizada por
el importe de 13.037,05 euros. Además, exigía los intereses desde la fecha de
la interposición de la reclamación administrativa previa el pasado 25 de abril
de 2008. Todo ello, debía ser el resultado de condenar a la Administración del
Estado a estos pagos por la acreditada responsabilidad patrimonial, con
imposición de las costas de haber lugar a las mismas.