viernes, 30 de enero de 2015

Andalucía: Un plus de transparencia en la Contratación Administrativa


En Andalucía, la contratación administrativa avanza hacia una mayor transparencia. En efecto, en los procedimientos abiertos de contratación, los actos de apertura de los sobres, conocidos como los sobres nº 3, aquellos que contienen las ofertas presentadas de acuerdo con los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas deberán ser retransmitidos en directo a través de internet. Así lo establece la Orden de 28 de enero de 2015, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, nº 22, de 3 de febrero.

Ahora bien, esta Orden no es limitativa en cuanto a sus posibilidades toda vez que habilita a la Presidencia de las correspondientes Mesas de Contratación la decisión de extender la retransmisión a otras sesiones de aquéllas, diferentes de los actos de apertura de los sobres nº 3. Esta medida se adoptará cuando se trate de procedimientos licitatorios que hayan suscitado un excepcional interés, definiendo los términos y alcance de la citada retransmisión.


Los enlaces a los archivos correspondientes a dichas retransmisiones quedarán a disposición de las personas interesadas por un plazo no inferior a 12 meses, quedando posteriormente almacenados por cada órgano de contratación durante el tiempo que la legislación le obligue a conservar la documentación de la licitación en cuestión.


Esta difusión encuentra su soporte jurídico mediante el artículo 1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público así como por las modificaciones introducidas al mismo que establece como principios que han de regir las licitaciones públicas, entre otros, los de publicidad y transparencia de sus procedimientos.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone en su artículo 7.1 que la aplicación de las tecnologías de la información a la Administración estará orientada a mejorar su eficacia, aproximarla a la ciudadanía y agilizar la gestión administrativa. Su Exposición de Motivos recuerda que Andalucía ya fue sensible a la necesidad de incorporar las nuevas tecnologías al ámbito de la Administración Pública con la aprobación del Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de los procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet). Por su parte, las sucesivas normativas en materia de transparencia, tanto estatal como en la propia Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, inciden especialmente en la necesidad de adoptar medidas que faciliten el acceso a la información, aprovechando para ello las tecnologías, de cara a servir de instrumento para la difusión de la información pública y para permitir que esa información se difunda y pueda ser utilizada por la ciudadanía, tal como recoge la Exposición de Motivos de la citada Ley.

La Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones (Sandetel, S.A.), entidad adscrita a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, ha venido realizando una experiencia piloto, llevando a cabo las aperturas en streaming de los sobres continentes de la documentación correspondiente a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmulas.

Dicha experiencia ha tenido una acogida muy favorable entre los propios licitadores, que han podido asistir a los actos de apertura retransmitidos en directo sin necesidad de desplazarse a las instalaciones del órgano de contratación. En general, todos los interesados o intervinientes directos o indirectos en los procedimientos de licitación en los que se recurrió a esta medida han aplaudido el experimento. Por ello, transcurrido el tiempo suficiente para calibrar su articulación técnica, la Junta ha considerado que esta medida constituye un modelo susceptible de ser exportado a todos los restantes órganos de esta Consejería con competencias en materia de contratación, así como a las entidades públicas adscritas a la misma, como medida de implementación de la transparencia y acceso público en los procedimientos de licitación que se sustancien bajo su competencia.

De esta manera, la Junta de Andalucía da cumplimiento al derecho a una buena administración, así establecido en el artículo 31 del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Administrar bien no es sólo producir buenas resoluciones y prestar buenos servicios. También es hacerlo de forma transparente, de modo que la ciudadanía pueda conocer cómo se ha llegado a la decisión o cómo se organiza la prestación del servicio. Como se ha dicho de forma gráfica, el principio de transparencia comporta hacer de la Administración una «casa de cristal». Por eso, asegurando en el tiempo y el espacio que la ciudadanía pueda conocer, en tiempo real, las ofertas de los diferentes licitadores en los procedimientos de contratación organizados por la Administración, esta Consejería, como Departamento competente en materia de innovación, introduce una mayor publicidad y transparencia que redunda en beneficio de todos.

El Decreto 149/2012, de 5 de junio, con sus posteriores modificaciones operadas mediante Decreto 202/2013, de 22 de octubre, y Decreto 69/2013, de 2 de julio, regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, indicando igualmente las entidades adscritas a la misma. El referido Decreto 149/2012, de 5 de junio, en relación con la Ley 9/2007, de 22 de octubre, atribuyen competencias en materia normativa y de contratación, a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

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